jueves, 8 de agosto de 2024

PRÁCTICA No. 4. Sobre Los Símbolos Patrios Dominicanos

 

Vea este video, observe, analize y comente luego en la plataforma del ILCITEC.

Distinguido señor Moreta, vista su importancia en el accionar político, le recomendamos retirar el escudo dominicano de su camisa o chaqueta. En virtud de lo que estable la Ley 210-19 de Símbolos Patrios dominicano. En sus artículos: 41, 1, 8, 36.

Y los artículos en la Constitución: 31 y 32.

Esperamos su actuación sabia y patriótica.

Atentamente,

Laddy Cortorreal Estévez.
Rector del ILCITEC


JUEVES DE CONSTITUCIÓN. SÍMBOLOS PATRIOS



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NOTA: Después de usted observar, leer e interpretar, fíjese en la camisa o chaqueta de El Gallo. Y a partir de esa observación es que espero LOS COMENTARIOS DE TODOS USTEDES.


5 comentarios:

  1. La Constitución es clara de la prohibición de los símbolos patrios en ropa y más si es en vestimenta política o sea es correcta el llamado del rector del Ilcitec Laddy Cortorreal al señor Morreta de retirar el escudo de camiseta

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  2. Es de mucha importancia la sugerencia, o prohibicion que el señor Laddy Cortorreal, les hace al Sr. Moreta por que es una falta o violacion a la ley 210-19 que deben ser respectados los simbolos patrios dominicano, no deben ser plasmado en ninguna prenda de vestir de ninguna institucion politica o de cualquier indole

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  3. Tenemos que empezar a crear conciencia en las escuelas del valor de nuestros simbolos patrios y de nuestra constitucion para que empecemos a valorarla y respetarla en su justa dimension

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  4. El artículo 31y 32, nos dice cuantos colores y que colores tiene nuestra bandera nacional y que el escudo de igual manera.
    Con relación a la entrevista del video del ciudadano Luis Acosta, presidente del partido democráta Cristiano nos damos cuenta de que el podrá saber de cosas autóctona de nuestro país, que pide que la materia Moral y cívica retornen a nuestras aulas y que debemos saber nuestra historia, yo le recomendaría que aprendamos que son los valores patrios y como debemos utilizarlo.

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  5. "Yo creo que es una falta de tacto de cualquier partido o movimiento político utilizar los símbolos patrios, como el escudo, en los uniformes políticos. En asuntos de partidos y movimientos políticos, por ejemplo, el Artículo 41 lo dice claramente: solo los cuerpos castrenses y la Policía Nacional están facultados para usar los símbolos patrios de la República Dominicana."

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